Artículo 151 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La intervención se levantará cuando el crédito fiscal y sus accesorios se hubieren satisfecho. En estos casos la autoridad fiscal municipal comunicará el hecho al Registro Público de la Propiedad Raíz en el Estado, para que se cancele la inscripción respectiva.
SECCIÓN CUARTA DEL REMATE
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.