Artículo 56 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo
Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son responsables en la comisión de las infracciones previstas en este Código, las personas que realicen los supuestos que en este capítulo se consideran como tales, así como las que omitan el cumplimiento de obligaciones previstas por las disposiciones fiscales municipales, incluyendo a los Fedatarios Públicos, Interventores y aquellas que lo hagan fuera de los plazos establecidos.
Cuando sean varios los responsables, cada uno deberá pagar el total de la multa que se le imponga.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.