Código Fiscal estatal

Artículo 95 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo

Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Al que viole, deteriore o destruya los sellos o marcas colocadas por las autoridades o empleados fiscales, con el propósito de que dejen de satisfacer el objeto para el que se colocaron, se le aplicarán de tres meses a dos años de prisión.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 95 de Código Fiscal Municipal del Estado de Michoacán de Ocampo?

Al que viole, deteriore o destruya los sellos o marcas colocadas por las autoridades o empleados fiscales, con el propósito de que dejen de satisfacer el objeto para el que se colocaron, se le aplicarán de tres meses a…

¿Está vigente el artículo 95?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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