Código Fiscal estatal

Artículo 9 de Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca

Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para efectos fiscales, la determinación de contribuciones consiste en la confirmación que se efectúa de haberse realizado las situaciones jurídicas o de hecho que son generadoras de obligación de pago de contribuciones o aprovechamientos, es propia, cuando es declarada a la autoridad por el obligado a su pago en términos de las disposiciones aplicables, por sí o a través de su representante legal; es administrativa, cuando en el ejercicio de sus facultades o por disposición de ley, la realiza la autoridad competente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 9 de Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca?

Para efectos fiscales, la determinación de contribuciones consiste en la confirmación que se efectúa de haberse realizado las situaciones jurídicas o de hecho que son generadoras de obligación de pago de contribuciones…

¿Está vigente el artículo 9?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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