Artículo 92 de Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca
Código Fiscal Municipal del Estado de Oaxaca · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las notificaciones por edictos previo acuerdo de la Tesorería, se harán mediante publicaciones que contengan un extracto de los actos que se notifican, durante los plazos que a continuación se señalan, y optativamente en cualquiera de los medios de difusión siguientes.
I. Durante tres días en el órgano de difusión oficial del municipio; o II. Por un día en un diario de los de mayor circulación.
Para efectos de este artículo se tendrá como fecha de notificación la de la última publicación.
En los plazos establecidos en este artículo se computarán todos los días, y las publicaciones correspondientes serán válidas aun cuando se realicen en día inhábil.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.