Código Fiscal estatal

Artículo 10 de Código Fiscal Municipal — Durango

Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los ingresos extraordinarios son los que percibe el Municipio en forma eventual, cuando por necesidades imprevistas tiene que buscar recursos adicionales. Se integran por:

a).- Créditos.

b).- Contribuciones especiales.

c).- Los adicionales que sobre impuestos o derechos municipales decrete el Congreso para el fortalecimiento de Instituciones diversas.

Créditos son los ingresos que percibe el municipio por concepto de préstamos que solicita para el cumplimiento de sus funciones.

Contribuciones especiales son aquellos recursos que recibe el Municipio eventualmente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 10 de Código Fiscal Municipal — Durango?

Los ingresos extraordinarios son los que percibe el Municipio en forma eventual, cuando por necesidades imprevistas tiene que buscar recursos adicionales. Se integran por: a).- Créditos. b).- Contribuciones especiales.…

¿Está vigente el artículo 10?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.