Artículo 8 de Código Fiscal Municipal — Durango
Código Fiscal Municipal — Durango · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los contribuyentes podrán garantizar el interés fiscal en alguna de las formas siguientes:
I.- Depósito de dinero en las Instituciones de Crédito, autorizadas para tal efecto.
II.- Prenda o hipoteca.
III.- Fianza otorgada por institución autorizada la que no gozará de los beneficios de orden y excusión.
IV.- Fianza otorgada por un tercero previa justificación de su idoneidad y solvencia.
V.- Obligación solidaria, asumida por tercero que compruebe su idoneidad y solvencia.
VI.- Embargo en la vía administrativa.
La garantía comprenderá los posibles recargos y gastos de ejecución.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.