Código Fiscal estatal

Artículo 19 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

En ningún caso la ignorancia de las Leyes exime su cumplimiento, sin embargo, a juicio de las Autoridades Fiscales, en aquellos casos en que se trate de personas absolutamente incultas, podrán conceder a los interesados un 6 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO FISCAL MUNICIPAL NUMERO 152 plazo de gracia que no excederá de un año para el cumplimiento de las leyes y disposiciones relativas, así como eximirlos de las sanciones en que hubieren incurrido por las infracciones cometidas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 19 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

En ningún caso la ignorancia de las Leyes exime su cumplimiento, sin embargo, a juicio de las Autoridades Fiscales, en aquellos casos en que se trate de personas absolutamente incultas, podrán conceder a los interesados…

¿Está vigente el artículo 19?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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