Artículo 30 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Pago o entero es el cumplimiento de una obligación fiscal determinada en cantidad líquida y deberá efectuarse, en los términos siguientes:
I.- Si es a las autoridades a las que corresponde hacer la liquidación, dentro de los quince días siguientes a la fecha en que haya surtido efectos la notificación de la misma.
II.- A los sujetos pasivos o responsables solidarios les corresponde determinar en cantidad líquida la prestación fiscal, dentro de los diez días siguientes a la fecha de su causación en tratándose de personas físicas y quince días en el caso de las personas morales.
(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1988)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.