Código Fiscal estatal

Artículo 63 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero

Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cuando no se cubran las contribuciones en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al Fisco Municipal por falta de pago oportuno, dichos recargos se calcularán conforme a la tasa que para tal efecto se establezca anualmente en la Ley de 19 http://www.guerrero.gob.mx/consejeriajuridica consejeria_juridica@guerrero.gob.mx CODIGO FISCAL MUNICIPAL NUMERO 152 Ingresos de los Municipios. El monto de los mismos se calcularán hasta por cinco años, calculándose sobre el total del crédito fiscal; excluyendo los propios recargos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 63 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero?

Cuando no se cubran las contribuciones en la fecha o dentro del plazo fijado por las disposiciones fiscales, deberán pagarse recargos en concepto de indemnización al Fisco Municipal por falta de pago oportuno, dichos…

¿Está vigente el artículo 63?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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