Artículo 7 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son impuestos, las prestaciones en dinero o en especie que el H.
Congreso del Estado establezca a favor del Municipio para que cobre unilateralmente y con carácter general y obligatorio, a todos aquellos sujetos cuya situación coincida con la que la Ley señala como hecho generador del crédito fiscal para cubrir los gastos públicos.
(REFORMADO, P.O. 26 DE DICIEMBRE DE 1995)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.