Artículo 81 de Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero
Código Fiscal Municipal Número 152 — Guerrero · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son infracciones cuya responsabilidad recae sobre los deudores o presuntos deudores de una prestación fiscal:
I. Faltar en todo o en parte al pago de cualesquiera de los gravámenes o derechos señalados en la Ley de Ingresos, como consecuencia de omisiones, inexactitudes, simulaciones, falsificaciones o de alguna otra maniobra encaminada a eludir dicho pago.
II. No hacer el pago de las prestaciones fiscales cuando la omisión se realice por medios diversos de los señalados en la fracción anterior.
III.- Incurrir en cualquiera otra forma al incumplimiento de las obligaciones que este Código, las leyes de hacienda y de ingresos imponen.
(REFORMADA, P.O. 30 DE DICIEMBRE DE 1988)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.