Artículo 111 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los funcionarios o empleados públicos que en el ejercicio de sus funciones, conozcan de hechos u omisiones que puedan entrañar infracción a las disposiciones fiscales, los comunicarán a la autoridad fiscal dentro de los diez días siguientes a la fecha en que tengan conocimiento de tales hechos u omisiones.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.