Artículo 116 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La aplicación de las sanciones administrativas que procedan, se hará sin perjuicio de que se exija el cumplimiento de las obligaciones fiscales respectivas, de los accesorios legales y de las penas que impongan las autoridades judiciales, en su caso, cuando se incurra en responsabilidad penal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.