Código Fiscal estatal

Artículo 14 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo

Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son productos: los ingresos que perciban los municipios por los servicios que prestan en el desempeño de sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes de dominio privado, los intereses de valores, créditos, bonos y cualesquier otra inversión y los ingresos de organismos descentralizados y empresas de participación municipal.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 14 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo?

Son productos: los ingresos que perciban los municipios por los servicios que prestan en el desempeño de sus funciones de derecho privado, así como por el uso, aprovechamiento o enajenación de sus bienes de dominio…

¿Está vigente el artículo 14?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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