Código Fiscal estatal

Artículo 40 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo

Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

La revisión de la Cuenta Pública de los ayuntamientos por parte del Congreso, se concluirá el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación con base en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la revisión, sin menoscabo de que el trámite de las observaciones, recomendaciones y acciones promovidas por la Auditoría Superior del Estado siga su curso.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 40 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo?

La revisión de la Cuenta Pública de los ayuntamientos por parte del Congreso, se concluirá el 31 de octubre del año siguiente al de su presentación con base en las conclusiones técnicas del informe del resultado de la…

¿Está vigente el artículo 40?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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