Artículo 42 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En las visitas de revisión y fiscalización que realice el personal de la Auditoría Superior del Estado a las tesorerías Municipales, los tesoreros estarán obligados a proporcionar los registros, libros y demás documentos que les sean requeridos. Si se negaren a ello, se aplicarán las medidas de apremio correspondientes y se ejercerán las acciones legales procedentes.
TÍTULO SEGUNDO DE LAS OBLIGACIONES TRIBUTARIAS CAPÍTULO PRIMERO DE LOS SUJETOS Y DEL DOMICILIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.