Artículo 55 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo
Código Fiscal Municipal para el Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A falta de pago total o parcial de un crédito fiscal o de gravámenes realizados fuera de los términos establecidos por las leyes fiscales, en el caso de que sea descubierta por las autoridades fiscales, medie requerimiento o cualquier otra gestión de cobro efectuada por las mismas, dará lugar a la aplicación de las sanciones señaladas en el título cuarto, capítulo primero, de este código, independientemente de los recargos respectivos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.