Artículo 24 de Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas
Código Fiscal Municipal para el Estado de Zacatecas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La administración y recaudación de los impuestos, derechos, contribuciones de mejoras, productos, aprovechamientos y participaciones es de la competencia del Presidente y del Tesorero Municipales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.