Código Fiscal estatal

Artículo 112 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo

Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las notificaciones por estrados se harán fijando durante cinco días hábiles el documento que se pretenda notificar, en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación, La autoridad dejará constancia de ello en el expediente respectivo. En estos casos, se tendrá como fecha de notificación la del sexto día hábil siguiente a aquél en el que se hubiera fijado el documento y comenzará a surtir sus efectos ese mismo día.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 112 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo?

Las notificaciones por estrados se harán fijando durante cinco días hábiles el documento que se pretenda notificar, en un sitio abierto al público de las oficinas de la autoridad que efectúe la notificación, La…

¿Está vigente el artículo 112?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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