Artículo 38 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo
Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las resoluciones fiscales favorables a los particulares sólo podrán ser modificadas, revocadas o nulificadas por las autoridades fiscales, previa audiencia de aquéllos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.