Artículo 67 de Código Fiscal Municipal — Quintana Roo
Código Fiscal Municipal — Quintana Roo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Cuando las infracciones se estimen leves y consistan en hechos, omisiones o falta de requisitos en documentos o libros y siempre que no traiga o pueda traer como consecuencia la evasión de contribuciones, se considerará el conjunto como una sola infracción y se impondrá únicamente una multa que no excederá del límite máximo que fije este Código o la Ley para sancionar cada hecho, omisión o falta de requisito.
CAPITULO II INFRACCIONES Y SANCIONES
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.