Artículo 10 de Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Fiscal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las leyes fiscales, sus reglamentos y las disposiciones fiscales de carácter general, entrarán en vigor en el Estado, el día siguiente al de su publicación en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado, salvo que en ellas se establezca una fecha posterior.
N. DE E. EN RELACIÓN CON LA ENTRADA EN VIGOR DEL PRESENTE ARTÍCULO, VÉASE ARTÍCULO TRANSITORIO PRIMERO DEL DECRETO QUE MODIFICA ESTE ORDENAMIENTO.
(REFORMADO, P.O. 23 DE DICIEMBRE DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.