Artículo 198 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur
Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El embargo podrá ampliarse en cualquier momento del procedimiento administrativo de ejecución, cuando la oficina ejecutora estime que los bienes embargados son insuficientes para cubrir los créditos fiscales previo requerimiento que se haga al contribuyente para que mejore la garantía del interés fiscal.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.