Artículo 93 de Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur
Código Fiscal para el Estado y Municipios de Baja California Sur · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las copias o reproducciones que deriven del microfilm, disco óptico, medios magnéticos o cualquier otro descubierto por la tecnología, de documentos que tengan en su poder las autoridades fiscales, tienen el mismo valor probatorio que tendrían los originales, siempre que dichas copias o reproducciones sean certificadas por funcionario competente para ello, sin necesidad de cotejo con los originales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.