Código Fiscal estatal

Artículo 180 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

EPOCA Y LUGAR DE PAGO. El pago del Impuesto Predial, se realizará dentro de los dos primeros meses de cada año, en la Tesorería, oficinas autorizadas o a través de los medios de pago autorizados. Podrá pagarse el Impuesto Predial por anualidades anticipadas hasta para el último Ejercicio Fiscal de su Administración, a fin de gozar de la reducción de un porcentaje determinado, sin que revista carácter obligatorio, sino una decisión potestativa de los contribuyentes. 

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 180 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

EPOCA Y LUGAR DE PAGO. El pago del Impuesto Predial, se realizará dentro de los dos primeros meses de cada año, en la Tesorería, oficinas autorizadas o a través de los medios de pago autorizados. Podrá pagarse el…

¿Está vigente el artículo 180?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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