Artículo 180 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
EPOCA Y LUGAR DE PAGO. El pago del Impuesto Predial, se realizará dentro de los dos primeros meses de cada año, en la Tesorería, oficinas autorizadas o a través de los medios de pago autorizados. Podrá pagarse el Impuesto Predial por anualidades anticipadas hasta para el último Ejercicio Fiscal de su Administración, a fin de gozar de la reducción de un porcentaje determinado, sin que revista carácter obligatorio, sino una decisión potestativa de los contribuyentes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.