Artículo 207 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
ÉPOCA Y LUGAR DE PAGO. En el caso de la percepción de ingresos por la venta de boletos para la realización de loterías, rifas, sorteos, concursos, La fracción II del artículo 203 se reformó por Decreto publicado en el P.O.E. el 30 de diciembre de 2013.
La fracción III y un último párrafo al artículo 205 se adicionó por Decreto publicado en el P.O.E. de fecha 30 de diciembre de 2011.
124 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
juegos con apuestas y apuestas permitidas de toda clase, este impuesto se deberá pagar en la Tesorería, a más tardar el día hábil siguiente a aquél en que se efectúen los eventos a que se refiere el artículo 203 de este Código.
El contribuyente podrá pagar directamente, los derechos a que se refiere este Capítulo mediante el uso de las formas oficiales autorizados por la Tesorería Municipal ya sean impresas o electrónicas, que faciliten la auto declaración contributiva con los requisitos que señalan las leyes fiscales del Municipio quedando condicionada su validez a la veracidad de los datos asentados y sin perjuicio de las responsabilidades que se generen por la falsedad en los informes y datos que proporcione el contribuyente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.