Artículo 245 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son sujetos de este derecho, las personas físicas o morales que soliciten la expedición de los servicios a que se refiere el artículo anterior.
Cuando el solicitante dé copias certificadas a que se refiere el artículo 244 fracción I de este Código, se hubiere desempeñado como Presidente Municipal y/o titular de alguna Dependencia u Organismo de la Administración Pública Municipal, no quedará sujeto a la condición de pago a que se refiere el artículo 246 de este ordenamiento, siempre y cuando con su solicitud acredite que dichas copias serán utilizadas para cumplir algún requerimiento de la autoridad fiscalizadora.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.