Artículo 260 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El pago de estos derechos se enterará al Organismo Operador de Servicio de Limpia del Municipio, dentro del plazo de quince días siguientes a aquél en que se haya efectuado la limpieza.
El segundo párrafo del artículo 256 se reformó por Decreto publicado en el P.O.E. el 30 de diciembre de 2013.
Las fracciones I y II del artículo 256 se reformaron por Decreto publicado en el P.O.E. el 30 de diciembre de 2013.
El último párrafo del artículo 256 se adicionó por Decreto publicado en el P.O.E. el 30 de diciembre de 2013.
138 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
Los propietarios o poseedores de predios, serán informados oportunamente a través de volantes o medios de comunicación, de la obligación de conservarlos limpios, para mantener la estética de la Ciudad y evitar la proliferación de focos de infección, con el apercibimiento que de no hacerlo, el servicio será prestado a costa del propietario o poseedor por el Organismo Operador de Servicio de Limpia del Municipio.
CAPÍTULO XII DE LOS DERECHOS POR SERVICIOS PRESTADOS POR LOS CENTROS ANTIRRÁBICOS DEL MUNICIPIO
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.