Código Fiscal estatal

Artículo 297 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Presupuesto de Egresos del Municipio será aprobado por el Cabildo, con base en los ingresos disponibles para cada ejercicio fiscal, dentro de los que se considerarán los obtenidos como consecuencia de la realización de las operaciones de financiamiento reguladas por este ordenamiento.

En caso de que el Cabildo acuerde realizar pagos que no estén comprendidos en el Presupuesto de Egresos, en el acuerdo correspondiente señalará la fuente de ingresos para cubrir los gastos.*

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 297 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

El Presupuesto de Egresos del Municipio será aprobado por el Cabildo, con base en los ingresos disponibles para cada ejercicio fiscal, dentro de los que se considerarán los obtenidos como consecuencia de la realización…

¿Está vigente el artículo 297?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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