Artículo 305 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Tesorería por sí y a través de sus diversas oficinas, efectuará los cobros y los pagos correspondientes a las erogaciones a cargo de las dependencias.
Por lo que se refiere a las entidades, se estará a los términos que en cada caso se convengan, considerando la naturaleza de los programas a ejecutarse y las condiciones de pago que en su caso, se pacten con contratistas, proveedores o cualquier otro tipo de acreedores.
La ministración de los fondos correspondientes, será autorizada en todos los casos por la Tesorería de conformidad con el Presupuesto de Egresos del Municipio aprobado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.