Artículo 326 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La deuda pública que contrate el Municipio será ordinaria y 170 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.
extraordinaria.
La deuda pública ordinaria se contratará y ejercerá con base en el programa de financiamiento que anualmente apruebe el Congreso, mientras que la deuda pública extraordinaria, se autorizará para la contratación de financiamientos que se destinen a la atención de necesidades de inversiones públicas productivas, que no pudieran preverse en el programa anual de financiamiento.
Las entidades públicas a que se refieren las fracciones II a IV del artículo 323, contratarán su deuda pública, con base en los decretos específicos que autorice el Congreso.
CAPÍTULO II DE LAS FACULTADES DE LA TESORERÍA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.