Código Fiscal estatal

Artículo 342 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla

Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son bienes del dominio público:

I. Los de uso común;

II. Los inmuebles destinados por el Municipio a un servicio público, los propios que de hecho utilice para dicho fin y los equiparados a estos, conforme a este ordenamiento;

III. Los monumentos históricos o artísticos, muebles e inmuebles, de propiedad municipal;

IV. Los materiales y suministros adquiridos por el Municipio para la ejecución de obras por administración directa o por contrato, cuando éste asumió la obligación de adquirir los materiales;

V. Los materiales y suministros adquiridos por el Municipio para la prestación de servicios públicos;

VI. Los bienes muebles e inmuebles que se utilicen para la operación de las dependencias y órganos desconcentrados;

VII. Las servidumbres, cuando el predio dominante sea del dominio público 175 CÓDIGO FISCAL Y PRESUPUESTARIO PARA EL MUNICIPIO DE PUEBLA.

municipal;

VIII. Los muebles de propiedad municipal que por su naturaleza no sean normalmente substituibles, como los documentos y expedientes de las oficinas; los manuscritos, incunables, ediciones, libros, documentos, publicaciones periódicas, planos, folletos y grabados importantes o raros, así como las colecciones de esos bienes; las piezas etnológicas y paleontológicas; las colecciones científicas o técnicas, de armas, numismáticas y filatélicas; los archivos, las fonograbaciones, películas, archivos fotográficos, cintas magnetofónicas y cualquier otro objeto que contenga imágenes y sonidos, y las piezas artísticas o historias de los museos;

IX. Las pinturas, murales, las esculturas y cualquier obra artística incorporada o adherida permanentemente a los inmuebles del Municipio o del patrimonio de sus organismos, cuya conservación sea de interés público; y X. Los demás declarados por ley como inembargables e imprescriptibles.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 342 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla?

Son bienes del dominio público: I. Los de uso común; II. Los inmuebles destinados por el Municipio a un servicio público, los propios que de hecho utilice para dicho fin y los equiparados a estos, conforme a este…

¿Está vigente el artículo 342?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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