Artículo 408 de Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla
Código Fiscal Y Presupuestario Para El Municipio De Puebla · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Ayuntamiento a propuesta del Presidente, expedirá las normas a que se sujetará la clasificación de los bienes muebles del dominio privado del Municipio, la organización de los sistemas de inventario y estimación de su depreciación y el procedimiento que deba seguirse en lo relativo a la afectación y destino final de dichos bienes.
La Contraloría ejercerá sus atribuciones para la comprobación del cumplimiento de las normas a que se refiere el párrafo anterior, así como para verificar la existencia en almacenes e inventarios de bienes muebles, el destino y afectación de los mismos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.