Artículo 337 de Código Militar de Procedimientos Penales
Código Militar de Procedimientos Penales · Última reforma de referencia: 01-04-2024 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 337. Excepciones El acusado podrá oponer como excepciones las siguientes:
I. Incompetencia; Litispendencia; Cosa juzgada; Falta de algún requisito de procedibilidad; o Extinción de la pretensión punitiva.
II. Las excepciones podrán ser planteadas y discutidas en la audiencia de juicio oral.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.