Artículo 165 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los plazos que establecen los artículos anteriores, se interrumpirán únicamente por consulta formulada por escrito a la Tesorería Municipal cuando exista duda sobre la procedencia del impuesto o por inconformidad con el avalúo practicado. Los plazos continuarán corriendo a partir de la fecha en que se notifique al causante la resolución.
(ADICIONADO CON EL ARTÍCULO QUE LO INTEGRA, P.O. 25 DE MAYO DE 2002)
CAPITULO IV BIS TASA ADICIONAL PARA LOS IMPUESTOS PREDIAL Y SOBRE TRASLACION DE DOMINIO DE BIENES INMUEBLES (ADICIONADO, P.O. 25 DE MAYO DE 2002)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.