Código Municipal estatal

Artículo 186 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila

Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las concesiones caducan:

I.- Cuando no se inicie la prestación del servicio, dentro del plazo señalado en la concesión;

II.- Porque el concesionario no haya realizado las obras e instalaciones o no haya adquirido la maquinaria y equipo en el plazo y conforme a las especificaciones acordadas por el Ayuntamiento, para la prestación del servicio;

III.- Porque el concesionario no preste el servicio de manera regular, continua, uniforme y adecuada a la necesidad colectiva que debe satisfacer;

IV.- Porque el concesionario no otorgue o amplíe las garantías en los términos que le fueron fijadas;

V.- Porque hipoteque, enajene o de cualquier manera se grave la concesión o algunos de los derechos en ella establecidos o los bienes afectos al servicio público de que se trate sin la previa autorización por escrito del Ayuntamiento y siempre que haya transcurrido cuando menos un año de su otorgamiento;

VI.- Cuando se deje de prestar el servicio en todo o en parte, temporal o permanentemente sin causa justificada, a juicio del Ayuntamiento o sin previa autorización por escrito del mismo;

VII.- Porque se modifiquen por el concesionario sin autorización del Ayuntamiento, las tarifas autorizadas;

VIII.- Porque se modifiquen o alteren substancialmente la naturaleza o condiciones en que opere el servicio, las instalaciones, equipo y maquinaria, sin la previa autorización por escrito del Ayuntamiento; y IX.- Cuando se constate, que el concesionario no conserva los bienes afectos al servicio en buen estado o cuando éstos sufran deterioro por su negligencia, con perjuicio para la prestación normal del servicio y para los intereses del Municipio.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 186 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila?

Las concesiones caducan: I.- Cuando no se inicie la prestación del servicio, dentro del plazo señalado en la concesión; II.- Porque el concesionario no haya realizado las obras e instalaciones o no haya adquirido la…

¿Está vigente el artículo 186?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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