Artículo 47 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Son reglamentos de observancia general el conjunto de normas dictadas por el Ayuntamiento para proveer, dentro de la esfera de su competencia, la ejecución o aplicación de leyes y disposiciones municipales.
Los reglamentos municipales deben contemplar los siguientes aspectos:
A).- Delimitación de la materia que regulan;
B).- Definición de los sujetos obligados;
C).- Objeto sobre el que recae la reglamentación o regulación;
D).- Fin que pretende alcanzar;
E).- Derechos y obligaciones;
F).- Autoridad responsable;
G).- Facultades, atribuciones y limitaciones de las autoridades;
H).- Sanciones;
I).- Recursos; y J).- Vigencia.
(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 4 DE ABRIL DE 2009)
El Ayuntamiento procurará expedir reglamentos sobre las siguientes materias:
I.- Interior del Municipio;
II.- Interior del Ayuntamiento;
(REFORMADA, P.O. 12 DE MAYO DE 2001)
III.- Bando de Policía y Gobierno;
IV.- De Obras y Servicios Municipales;
V.- De Desarrollo Urbano y Normas Técnicas;
VI.- De Limpia;
VII.- De Protección Ambiental;
VIII.- De tránsito y transportes;
IX.- De diversiones y espectáculos públicos;
X.- Sobre Adquisiciones, Almacenamiento, Conservación y Mantenimiento de Bienes Muebles e Inmuebles, Contratación de Servicios, Adjudicaciones, Remates y Enajenaciones;
XI.- Interior de Trabajo de los Servidores Públicos del Municipio;
XII.- Para el Catastro Municipal; y (REFORMADA [N. DE E. ADICIONADA], P.O. 4 DE ABRIL DE 2009)
XIV (SIC).- En materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
(ADICIONADA, P.O. 4 DE ABRIL DE 2009)
XV.- En general todos los demás que sean necesarios o que se encuentren previstos en otras leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.