Artículo 93 de Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila
Código Municipal para el Estado de Chihuahua — Coahuila · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los servidores públicos municipales están obligados a presentar su declaración patrimonial ante el Presidente Municipal, de lo que se dará cuenta en sesión de cabildo; y serán remitidas al órgano que para tal efecto designe el Ayuntamiento.
(ADICIONADO [N. DE E. REFORMADO], P.O. 24 DE ABRIL DE 1999)
Tratándose de la declaración del Presidente Municipal, Regidores y Síndico, ésta será presentada ante el Congreso del Estado para el efecto de su registro y control, de conformidad con las disposiciones aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.