Artículo 140 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Ayuntamiento podrá aprobar y autorizar la creación de fideicomisos públicos que promuevan e impulsen el desarrollo del Municipio o el beneficio colectivo de sus habitantes.
La Tesorería Municipal fungirá como fideicomitente único de la Administración Pública Municipal, en los fideicomisos que constituya el Ayuntamiento.
(ADICIONADO, P.O. 20 DE MARZO DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.