Artículo 215 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo Municipal de Seguridad Pública deberá aprobar el Programa Municipal de Seguridad Pública dentro de los primeros tres meses en que inicie la administración y revisará su funcionamiento cada seis meses; así mismo, dará seguimiento a los acuerdos y convenios que en materia de seguridad pública se celebren con el Gobierno del Estado, otros municipios, la Federación, o con los sectores público, social y privado.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.