Artículo 221 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los Ayuntamientos, a través de sus respectivas áreas de policía preventiva municipal, deberán contar con mecanismos de comunicación de respuesta inmediata a la ciudadanía para la atención de emergencias, así como mecanismos de atención para quejas y sugerencias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.