Artículo 245 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los ingresos que perciba el municipio serán los que anualmente autorice el Congreso del Estado en términos de lo dispuesto por el Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila y se clasifican en contribuciones e ingresos no tributarios. Son contribuciones los impuestos, derechos y contribuciones especiales. Son ingresos no tributarios, los productos, participaciones, aprovechamientos e ingresos extraordinarios.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.