Artículo 247 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El patrimonio municipal se constituirá con los bienes del dominio público y privado con que cuente de conformidad con las disposiciones aplicables del Código Financiero para los Municipios del Estado de Coahuila. Este ordenamiento jurídico establecerá el régimen de los bienes y su clasificación, así como los casos en que se requiera el acuerdo de las dos terceras partes de los miembros de los Ayuntamientos para dictar resoluciones que afecten el patrimonio inmobiliario municipal o para celebrar actos o convenios que comprometan al Municipio por un plazo mayor al período del ayuntamiento.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.