Código Municipal estatal

Artículo 298 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son causas de terminación de la relación jurídica laboral las siguientes:

I. El mutuo consentimiento de las partes.

II. La muerte del trabajador.

III. Por terminación de la obra; vencimiento del término o por falta de los recursos presupuestados.

IV. La incapacidad física o mental o inhabilidad manifiesta del trabajador, que haga imposible la prestación del servicio.

V. Las demás que prevengan las leyes y reglamentos.

CAPÍTULO DÉCIMO DE LA RESCISIÓN DE LA RELACIÓN JURÍDICA LABORAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 298 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Son causas de terminación de la relación jurídica laboral las siguientes: I. El mutuo consentimiento de las partes. II. La muerte del trabajador. III. Por terminación de la obra; vencimiento del término o por falta de…

¿Está vigente el artículo 298?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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