Artículo 308 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El sindicato podrá objetar sustancialmente las condiciones generales de trabajo, y para ello ocurrirá ante el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, el que resolverá en definitiva.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.