Código Municipal estatal

Artículo 330 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son obligaciones de los sindicatos:

I. Proporcionar los informes que en cumplimiento de este código, solicite el Tribunal de Conciliación y Arbitraje.

II. Comunicar al Tribunal de Conciliación y Arbitraje dentro de los diez días siguientes a cada elección los cambios que ocurrieren en su directiva o en sus comités, las altas y bajas de sus miembros, y las modificaciones que sufran los ordenamientos que rigen su vida institucional, para lo cual acompañaran por duplicado copia autorizada de las actas respectivas.

III. Facilitar la labor del Tribunal de Conciliación y Arbitraje en los conflictos que se tramiten ante el mismo, ya sea del sindicato o de sus miembros, proporcionando la cooperación que se les requiera.

IV. Patrocinar, representar y asesorar a sus miembros ante toda clase de autoridades en la defensa de los derechos que les corresponda, sin perjuicio del derecho de los trabajadores para obrar o intervenir directamente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 330 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 330 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Son obligaciones de los sindicatos: I. Proporcionar los informes que en cumplimiento de este código, solicite el Tribunal de Conciliación y Arbitraje. II. Comunicar al Tribunal de Conciliación y Arbitraje dentro de los…

¿Está vigente el artículo 330?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.