Artículo 335 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En los casos de violación a cualesquiera de los supuestos previstos por el artículo 332 de este código, el Tribunal de Conciliación y Arbitraje, a petición de la entidad pública municipal que justifique su interés jurídico, determinará sobre la cancelación del registro de la mesa directiva o del registro del sindicato, según corresponda.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.