Artículo 49 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las peticiones que realicen los integrantes del Ayuntamiento deberán hacerse con respeto y atendiendo al interés público.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.