Código Municipal estatal

Artículo 65 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Del proceso de entrega-recepción se elaborará el documento a que se refiere el artículo anterior, el cual deberá contener, por lo menos, los siguientes anexos:

I. Libros de Actas de las reuniones de Cabildo y la mención del lugar donde se encuentran los libros de las administraciones municipales anteriores.

II. Informe detallado sobre la situación financiera de la Administración Municipal saliente, el cual deberá contener los estados contables, los libros de contabilidad, registros auxiliares, cuentas de cheques, inversiones, acta de arqueo de caja (Fondos Revolventes), presupuesto y demás documentación comprobatoria.

(REFORMADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2008)

III. Informe del estado que guarda la cuenta pública del Municipio, incluyendo los informes rendidos al Congreso del Estado, los certificados de cuenta pública aprobada, que en su caso, haya emitido la Auditoria Superior del Estado y las observaciones o requerimientos que ésta le haya hecho al Municipio.

IV. Informe de la situación que guarda la deuda pública del Municipio y la documentación relativa a la misma.

V. Informe circunstanciado relativo a la obra pública ejecutada por el Municipio durante el trienio que concluye, así como de las obras que se encuentran en proceso, anexando los expedientes técnicos y unitarios relativos a las mismas.

VI. Informe de la situación que guarda la aplicación del gasto público de los recursos federales y estatales transferidos.

VII. La plantilla de personal al servicio del Municipio, y sus relativos expedientes, así como la información relacionada al mismo, como catálogo de puestos, prestaciones, antigüedad, personal por nivel, por honorarios, y con licencia o permiso.

VIII. Informe de los derechos y obligaciones, que estará integrado por los convenios, contratos y/o acuerdos que el Municipio tenga celebrado con otros municipios, con Gobierno del Estado, el Gobierno Federal o con particulares, y la documentación relativa.

IX. Informe de los programas y proyectos aprobados y ejecutados por el Municipio y de aquellos que se encuentren en proceso de ejecución, con su documentación respectiva.

X. Informe de los recursos materiales, que estará conformado por la relación e inventario de bienes que sean propiedad o estén en uso del Municipio. Dicho informe se dividirá en dos rubros: bienes muebles y bienes inmuebles.

XI. Informe y documentación relativa al estado que guardan los asuntos tratados por las comisiones del Ayuntamiento.

XII. La demás información que se estime conveniente para garantizar la continuidad de la administración pública municipal.

(REFORMADA, P.O. 1 DE JULIO DE 2005)

XIII. La demás información establecida en la Ley de Entrega-Recepción del Estado y Municipios de Coahuila de Zaragoza.

(REFORMADO, P.O. 1 DE JULIO DE 2005)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 65 de Código Municipal para el Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

Del proceso de entrega-recepción se elaborará el documento a que se refiere el artículo anterior, el cual deberá contener, por lo menos, los siguientes anexos: I. Libros de Actas de las reuniones de Cabildo y la mención…

¿Está vigente el artículo 65?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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